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Condiciones generales de las facturas


Términos y condiciones de venta

Grupo Castore - 2026


1. Definiciones

Materiales de marketing aprobados: cualquier recurso promocional o de marketing, equipamiento y/o material publicitario producido por el Cliente, para este o en su nombre, que haya sido aprobado por escrito por el Vendedor.

Material gráfico: cualquier dibujo, texto, fotografía, diseño u otro elemento visual o material proporcionado por el Cliente al Vendedor para ser impreso, bordado o estampado sobre los Productos, o para formar parte de estos.

Día hábil: cualquier día que no sea sábado, domingo ni festivo en Inglaterra, en el que los bancos de Londres estén abiertos al público.

Horario laboral: el período comprendido entre las 9:00 y las 17:00 de cualquier Día hábil.

Castore: J. Carter Sporting Club Limited, una sociedad constituida en Inglaterra y Gales (número de registro mercantil 09670915), con domicilio social en 1 Central Street, Manchester, M2 5WR, Reino Unido.

Condiciones: los términos y condiciones establecidos en este documento, modificados ocasionalmente de conformidad con la cláusula 16.4.

Normas de cumplimiento: tiene el significado establecido en la cláusula 15.1.

Contrato: el contrato entre el Vendedor y el Cliente para la venta y compra de los Productos de conformidad con estas Condiciones.

Control: significa, en relación con cualquier entidad, la capacidad (ya sea directa o indirecta y ya sea mediante la propiedad de valores, por contrato o de otro modo) de dirigir o hacer que se dirijan la gestión y las políticas de dicha entidad, incluso mediante:

(a) la propiedad o el control de más del cincuenta por ciento (50 %) de los derechos de voto o participaciones de capital de dicha entidad; o

(b) el derecho a nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su consejo de administración u órgano de gobierno equivalente; o

(c) cualquier otro acuerdo o relación que confiera una influencia decisiva sobre los asuntos de la entidad,

y «Controlada» y «bajo Control común» se interpretarán en consecuencia.

Cliente: la persona o empresa que compra los Productos al Vendedor.

Lugar de entrega: tiene el significado establecido en la cláusula 4.2.

Materiales de marketing digital: significa cualquier contenido promocional que exista en forma de datos digitales, incluido el contenido difundido digitalmente, transmitido en streaming, contenido en archivos informáticos o al que se acceda a través de una plataforma o base de datos en línea proporcionada ocasionalmente por el Vendedor al Cliente.

Territorio europeo: significa (i) los miembros del Espacio Económico Europeo; (ii) el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; y (iii) Suiza.

Evento de Fuerza Mayor: cualquier evento, circunstancia o causa que escape al control razonable de una parte (incluidos, entre otros, fenómenos meteorológicos anormalmente adversos, inundaciones, rayos, tormentas, incendios, explosiones, terremotos, hundimientos del terreno, daños estructurales, pandemias, epidemias -o la respuesta legal, gubernamental o regulatoria a dichos eventos, o futuros cambios en dicha respuesta-, u otros desastres naturales físicos, interrupciones del transporte, fallos o escasez del suministro eléctrico, guerras, operaciones militares, disturbios, huelgas, cierres patronales u otras acciones laborales, actos terroristas, alteraciones del orden público y cualquier ley, reglamento, resolución u omisión (incluida la falta de concesión de cualquier permiso necesario) de cualquier gobierno, tribunal, autoridad nacional competente u órgano rector pertinente).

Bienes: los bienes (o cualquiera de sus partes) y cualesquiera servicios relacionados con la ornamentación, personalización o acabado de dichos bienes, según se establezca en el Pedido.

Empresa del Grupo: cualquier filial de Castore o cualquier empresa, marca o entidad Controlada por Castore, que Controle a Castore o que esté bajo el Control común con Castore.

Materiales de Marketing: cualesquiera Materiales de Marketing Aprobados, Materiales de Marketing Digitales y/o Materiales de Marketing Físicos.

Pedido: el pedido de los Bienes realizado por el Cliente, según se establezca en el formulario de pedido de compra del Cliente o en la aceptación por escrito de la cotización del Vendedor por parte del Cliente, según corresponda.

Materiales de Marketing Físicos: medios promocionales tangibles, equipos, instalaciones y accesorios proporcionados periódicamente por el Vendedor al Cliente.

Vendedor: Castore o cualquier Empresa del Grupo a la que el Cliente compre Bienes, según se identifique en el Pedido.

Especificación: cualquier especificación de los Bienes, incluidos los planes y dibujos relacionados, acordada por escrito por el Cliente y el Vendedor.


2. Base del Contrato

2.1 Estas Condiciones se aplican al Contrato con exclusión de cualesquiera otros términos que el Cliente pretenda imponer o incorporar, o que se deriven implícitamente de la ley, de los usos comerciales, de la práctica o del curso de las relaciones comerciales.

2.2 El Pedido constituye una oferta del Cliente para comprar los Bienes al Vendedor de conformidad con estas Condiciones. El Cliente es responsable de garantizar que los términos del Pedido y cualquier Especificación aplicable sean completos y exactos.

2.3 El Pedido se aceptará y el Contrato entrará en vigor en la fecha que ocurra primero de las siguientes:

(a) el Vendedor emitiera una aceptación por escrito o una confirmación del pedido;

(b) el Vendedor expidiera o entregara los Bienes;

(c) el Vendedor emitiera una factura relativa al Pedido; o

(d) el Vendedor comenzara de otro modo a ejecutar el Pedido.

2.4 El Vendedor se reserva el derecho, a su absoluta discreción, de rechazar o aceptar cualquier Pedido total o parcialmente. El Vendedor no será responsable si no puede completar la totalidad de un Pedido y podrá asignar las existencias disponibles entre los clientes a su absoluta discreción.

2.5 Cualesquiera muestras, dibujos o anuncios elaborados por el Vendedor, así como cualesquiera descripciones o ilustraciones contenidas en los catálogos o folletos del Vendedor o proporcionadas de otro modo al Cliente, se elaboran con el único propósito de ofrecer una idea aproximada de los Productos a los que se refieren. No formarán parte del Contrato ni tendrán fuerza contractual, y el Contrato no constituirá una venta por descripción o por muestra.

2.6 Una oferta, lista de precios u otra comunicación previa a la aceptación no constituirá la aceptación de un Pedido. Una oferta solo será válida durante un período de 30 días desde su fecha de emisión.


3. Productos

3.1 Los Productos se describen en el catálogo del Vendedor o en la oferta del Vendedor (en cada caso, según lo modifique cualquier Especificación aplicable).

3.2 El Cliente indemnizará al Vendedor frente a todas las responsabilidades, costes, gastos, daños y pérdidas (incluidas cualesquiera pérdidas directas, indirectas o consecuentes, lucro cesante, pérdida de reputación y todos los intereses, sanciones y costes y gastos profesionales razonables, legales y de otra índole) sufridos o incurridos por el Vendedor en relación con cualquier reclamación formulada contra el Vendedor por infracción real o presunta de los derechos de propiedad intelectual de un tercero derivada del uso por el Vendedor de cualquier Especificación y/o del uso por el Vendedor de cualquier Obra de arte, o relacionada con ellos. Esta cláusula 3.2 seguirá vigente tras la terminación del Contrato.

3.3 El Vendedor se reserva el derecho de modificar la Especificación si así lo exige cualquier requisito legal o reglamentario aplicable, y notificará al Cliente cualquier circunstancia de ese tipo.

3.4 El Vendedor podrá, en cualquier momento, discontinuar, retirar, sustituir, modificar o actualizar cualesquiera Productos, línea de productos, colección, combinación de colores o especificación, y no tendrá responsabilidad alguna derivada de dicha discontinuación, retirada, sustitución, modificación o actualización, ni relacionada con ellas.

3.5 Cualquier previsión de ventas, proyección de demanda, estimación de inventario, fecha de lanzamiento, información sobre disponibilidad, calendario de producción, asignación de existencias u otra información prospectiva proporcionada por el Vendedor es meramente indicativa y no constituirá una declaración, garantía ni compromiso en el que el Cliente tenga derecho a basarse.

3.6 El Cliente reconoce y acepta que, aunque el Vendedor hará esfuerzos razonables para igualar todos los colores y acabados, los Productos se suministran entendiendo que el acabado de los Productos que contengan productos o materiales naturales puede variar de una muestra a otra y de un producto a otro, y que dichas variaciones en cualesquiera Productos no constituirán un defecto.

3.7 El Cliente reconoce que, salvo que el Vendedor indique lo contrario de conformidad con la cláusula 3.6, el Material gráfico presentado por el Cliente a través del sitio web del Vendedor o por escrito se considerará aprobado por el Cliente, y el Vendedor tendrá derecho, sujeto al resto de esta cláusula 3, a producir Productos basados en dicho Material gráfico e incorporándolo sin necesidad de consultar nuevamente al Cliente.

3.8 El Vendedor se reserva el derecho de realizar cualquier modificación del Material gráfico que considere razonablemente necesaria o adecuada para cumplir eficazmente sus obligaciones en virtud del Contrato y/o si se aplica la cláusula 3.8, y el Vendedor comunicará dichas modificaciones al Cliente por escrito y proporcionará una prueba final. El Cliente deberá confirmar sin demora si acepta la prueba final y, en cualquier caso, en un plazo de 48 horas desde la fecha y hora de la comunicación del Vendedor.

3.9 Si el Cliente no notifica al Vendedor su aceptación o rechazo de cualquier prueba final de conformidad con la cláusula 3.6, se considerará que ha aceptado las modificaciones y que la prueba final ha sido aprobada, y el Vendedor tendrá derecho a producir los Productos basándose en dicha prueba final.

3.10 El Vendedor podrá, a su absoluta discreción, rechazar cualquier Material gráfico presentado por el Cliente y/o resolver el Contrato si considera razonablemente que el Material gráfico no es adecuado o apropiado, que probablemente dañará su reputación o que requiere el consentimiento de un tercero para su uso. Si el Vendedor considera que se requiere una prueba del consentimiento u otra autorización de un tercero para proceder con el Contrato, el Cliente deberá obtenerla sin demora y enviársela al Vendedor. Si el Cliente no proporciona dicha prueba o autorización en un plazo de 14 días, o en cualquier otro plazo exigido por el Vendedor, el Vendedor tendrá derecho a resolver el Contrato mediante notificación y el Cliente estará obligado a pagar el importe que el Vendedor considere razonable dadas las circunstancias para reflejar el trabajo realizado hasta la fecha de resolución.


4. Entrega

4.1 El Vendedor se asegurará de que:

(a) cada entrega de los Productos irá acompañada de un albarán de entrega en el que figuren la fecha del Pedido, todos los números de referencia pertinentes del Cliente y del Proveedor, el tipo y la cantidad de los Productos (incluido, cuando proceda, el número de código de los Productos), las instrucciones especiales de almacenamiento (si las hubiera) y, si los Productos se entregan en varios envíos, el saldo pendiente de Productos que quede por entregar; y

(b) si el Vendedor exige al Cliente que devuelva cualquier material de embalaje al Vendedor, este hecho se indicará claramente en el albarán de entrega. El Cliente pondrá dichos materiales de embalaje a disposición para su recogida en los momentos que el Vendedor solicite razonablemente. La devolución de los materiales de embalaje correrá a cargo del Vendedor.

4.2 El Vendedor entregará los Productos en el lugar establecido en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes acuerden (el «Lugar de Entrega») y de conformidad con cualquier Incoterm (2020) aplicable especificado en el Pedido, en cualquier momento después de que el Vendedor notifique al Cliente que los Productos están listos.

4.3 El Cliente será responsable de obtener y mantener, a su costa, cualesquiera licencias de importación o exportación, despachos de aduana, autorizaciones de control de cambios u otras autorizaciones y permisos que sean necesarios en relación con la entrega y recepción de los Productos. En caso de que el Vendedor especifique un Incoterm (2020) en cualquier Pedido, las disposiciones de dicho Incoterm prevalecerán en caso de conflicto entre sus disposiciones y las de este Acuerdo.

4.4 La entrega se completará al finalizar la descarga de los Productos en el Lugar de Entrega.

4.5 Las fechas indicadas para la entrega son únicamente aproximadas y el plazo de entrega no es esencial. El Vendedor no será responsable de ningún retraso en la entrega de los Productos causado por un Evento de Fuerza Mayor, por que el Cliente no acepte la entrega o no proporcione al Vendedor instrucciones de entrega adecuadas, o cualesquiera otras instrucciones pertinentes para el suministro de los Productos.

4.6 Si el Vendedor no entrega los Productos, su responsabilidad se limitará a los costes y gastos en que incurra el Cliente para obtener productos de sustitución de descripción y calidad similares en el mercado disponible más barato, menos el precio de los Productos. El Vendedor no será responsable de ningún incumplimiento en la entrega de los Productos en la medida en que dicho incumplimiento se deba a un Evento de Fuerza Mayor, a que el Cliente no acepte la entrega o no proporcione al Vendedor instrucciones de entrega adecuadas, o cualesquiera otras instrucciones pertinentes para el suministro de los Productos.

4.7 El Vendedor tendrá derecho a retener la entrega de los Productos si existen facturas vencidas emitidas por el Vendedor o cualquier Empresa del Grupo al Cliente que este no haya pagado íntegramente. Cualquier impago del Cliente al Vendedor o a cualquier Empresa del Grupo constituirá un incumplimiento sustancial de todo contrato entre el Cliente y el Vendedor.

4.8 Si el Cliente no acepta la entrega de los Productos en un plazo de cinco (5) Días Hábiles desde que el Vendedor le notifique que los Productos están listos para su entrega, entonces, salvo cuando dicho incumplimiento o retraso se deba a un Evento de Fuerza Mayor o al incumplimiento por parte del Vendedor de sus obligaciones contractuales con respecto a los Productos:

(a) se considerará que la entrega de los Productos se ha completado a las 17:00 del quinto Día Hábil siguiente al día en que el Vendedor notificó al Cliente que los Productos estaban listos para su entrega; y

(b) el Vendedor almacenará los Productos hasta que se efectúe la entrega efectiva y cobrará al Cliente todos los costes y gastos relacionados (incluido el seguro).

4.9 Si, transcurridos diez (10) Días Hábiles desde el día en que el Vendedor notificó al Cliente que los Productos estaban listos para su entrega, el Cliente no ha aceptado su entrega efectiva, el Vendedor podrá revender o disponer de otro modo de la totalidad o parte de los Productos y, tras deducir los costes razonables de almacenamiento y venta, abonará al Cliente cualquier excedente sobre el precio de los Productos o cobrará al Cliente cualquier importe en que el precio de los Productos resulte deficitario.

4.10 Si el Vendedor entrega hasta un 10 % inclusive (cuando el Vendedor sea cualquier Empresa del Grupo distinta de Infinity) o un 5 % (cuando el Vendedor sea Infinity), más o menos que la cantidad de Productos solicitada, el Cliente no podrá rechazarlos, pero, tras recibir una notificación del Cliente indicando que se entregó una cantidad incorrecta de Productos, el Vendedor realizará un ajuste proporcional en la factura de los Productos.

4.11 El Vendedor podrá entregar los Productos por lotes, que se facturarán y pagarán por separado. Cada lote constituirá un contrato independiente. Cualquier retraso en la entrega o defecto en un lote no dará derecho al Cliente a cancelar ningún otro lote.


5. Calidad

5.1 El Vendedor garantiza que, en el momento de la entrega, los Productos:

(a) se ajusten en todos los aspectos sustanciales a su descripción y a cualquier Especificación aplicable; y

(b) estén libres de defectos materiales de diseño, materiales y fabricación.

5.2 Sujeto a la cláusula 5.3, si:

(a) el Cliente notifica por escrito al Vendedor, dentro de los catorce (14) días siguientes a la entrega, que algunos o todos los Productos no cumplen la garantía establecida en la cláusula 5.1;

(b) se brinda al Vendedor una oportunidad razonable de examinar dichos Productos; y

(c) el Cliente (si el Vendedor se lo solicita) devuelve dichos Productos al establecimiento del Vendedor por cuenta del Cliente,

el Vendedor, a su elección, reparará o sustituirá los Productos defectuosos, o reembolsará íntegramente el precio de los Productos defectuosos. Si no se notifica al Vendedor dentro del plazo de catorce (14) días establecido en la cláusula 5.2(a) anterior, se considerará que el Cliente ha aceptado los Productos y que estos se ajustan al Contrato, y el Cliente no tendrá derecho a plantear ninguna disputa ni a retener el pago con respecto a dichos Productos.

5.3 El Vendedor no será responsable del incumplimiento por parte de los Productos de la garantía establecida en la cláusula 5.1 si:

(a) el Cliente realiza cualquier uso posterior de dichos Productos después de haber efectuado una notificación conforme a la cláusula 5.2;

(b) el defecto surge porque el Cliente no siguió las instrucciones orales o escritas del Vendedor relativas al almacenamiento, puesta en servicio, instalación, uso y/o mantenimiento de los Productos o, si no las hubiera, las buenas prácticas comerciales aplicables a los mismos;

(c) el defecto surge como consecuencia de que el Vendedor siguiera cualquier dibujo, diseño, obra de arte o especificación suministrados por el Cliente;

(d) el Cliente altera o repara dichos Productos sin el consentimiento escrito del Vendedor;

(e) el defecto se debe al desgaste normal, daño intencionado, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo; y/o

(f) los Productos difieren de su descripción o, cuando corresponda, de la Especificación como consecuencia de cambios realizados para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales o reglamentarios aplicables.

5.4 Salvo lo dispuesto en esta cláusula 5, el Vendedor no tendrá ninguna responsabilidad frente al Cliente con respecto al incumplimiento por parte de los Productos de la garantía establecida en la cláusula 5.1.

5.5 Los términos implícitos en las secciones 13 a 15 de la Sale of Goods Act 1979 y en las secciones 13 y 14 de la Supply of Goods and Services Act 1982 quedan excluidos del Contrato en la máxima medida permitida por la ley.

5.6 Estas Condiciones se aplicarán a cualesquiera Productos reparados o de sustitución suministrados por el Vendedor.

5.7 Si el Cliente tiene conocimiento de una solicitud, orden judicial u otra directiva de una autoridad gubernamental o reguladora para retirar cualquier Producto del mercado («Aviso de Retirada»), deberá notificarlo inmediatamente por escrito al Vendedor y proporcionarle una copia del Aviso de Retirada.

5.8 Salvo que la ley lo exija, el Cliente solo podrá retirar los Productos del mercado con la autorización previa y por escrito del Vendedor.

5.9 El Vendedor podrá emitir un aviso para retirar los Productos del mercado («Aviso de Retirada Voluntaria») si:

(a) el suministro o uso de los Productos infringe o puede infringir derechos de propiedad intelectual de terceros;

(b) los Productos son o pueden ser inseguros;

(c) los Productos son, pueden ser o pueden llegar a ser ilegales o incumplir cualquier ley, reglamento, requisito de una agencia gubernamental o norma del sector;

(d) un defecto de los Productos puede perjudicar la reputación o la marca del Vendedor; o

(e) si existe cualquier otro motivo razonable para dicha retirada.

5.10 El Cliente deberá:

(a) cumplir cualquier Aviso de Retirada o Aviso de Retirada Voluntaria; y

(b) prestar la asistencia que el Vendedor razonablemente requiera para retirar o retirar del mercado los Productos, y cumplir las instrucciones del Vendedor sobre el proceso de ejecución de dicha retirada.


6. Titularidad y riesgo

6.1 El riesgo relativo a los Productos se transmitirá al Cliente una vez completada la entrega o, si en el Pedido se especifica algún Incoterm (2020), de conformidad con dicho Incoterm.

6.2 Con sujeción a la cláusula 6.4, la titularidad de los Productos no se transmitirá al Cliente hasta que el Vendedor reciba el pago íntegro (en efectivo o mediante fondos disponibles) de los Productos y de cualesquiera otros productos que el Vendedor haya suministrado al Cliente.

6.3 Hasta que la titularidad de los Productos se haya transmitido al Cliente, el Cliente deberá:

(a) almacenar los Productos por separado de todos los demás productos que obren en poder del Cliente, de modo que sigan siendo fácilmente identificables como propiedad del Vendedor;

(b) no retirar, borrar ni ocultar ninguna marca identificativa ni ningún embalaje de los Productos o relacionado con ellos;

(c) mantener los Productos en condiciones satisfactorias y asegurarlos contra todos los riesgos por su precio total desde la fecha de entrega;

(d) notificar inmediatamente al Vendedor si queda sujeto a cualquiera de los hechos enumerados en las cláusulas 13.2(b) a 13.2(d); y

(e) proporcionar al Vendedor la información que este pueda solicitar razonablemente en cada momento en relación con:

(i) los Productos; y

(ii) la situación financiera actual del Cliente.

6.4 Sin perjuicio de la cláusula 6.5, el Cliente podrá revender o utilizar los Productos en el curso ordinario de su actividad (pero no de otro modo) antes de que el Vendedor reciba el pago de los Productos. No obstante, si el Cliente revende los Productos antes de ese momento, la titularidad de los Productos pasará del Vendedor al Cliente inmediatamente antes del momento en que se produzca la reventa por parte del Cliente.

6.5 En cualquier momento antes de que la titularidad de los Productos pase al Cliente, el Vendedor podrá:

mediante notificación escrita, poner fin al derecho del Cliente establecido en la cláusula 6.4 a revender los Productos o utilizarlos en el curso ordinario de su actividad; y

exigir al Cliente que entregue todos los Productos que obren en su poder y que no hayan sido revendidos ni incorporados irrevocablemente a otro producto y, si el Cliente no lo hace de inmediato, entrar en cualquier local del Cliente o de cualquier tercero donde estén almacenados los Productos para recuperarlos.


7. Precio

7.1 El precio de los Productos será el precio indicado en el Pedido o, si no se ha indicado ningún precio, el precio establecido en la lista de precios vigente del Vendedor en la fecha del Pedido.

7.2 El Vendedor podrá, mediante notificación al Cliente, aumentar el precio de los Productos para reflejar cualquier incremento del coste de los Productos que se deba a:

cualquier factor ajeno al control del Vendedor (incluidas las fluctuaciones del tipo de cambio, los aumentos de impuestos y derechos, los aumentos de los costes de la cadena de suministro y los aumentos de los costes de mano de obra, materiales y otros costes de fabricación);

cualquier solicitud del Cliente de modificar las fechas de entrega, las cantidades o los tipos de Productos solicitados, la Especificación (cuando proceda) y/o el Diseño (cuando proceda); o

cualquier retraso causado por instrucciones del Cliente o por el hecho de que el Cliente no proporcione al Vendedor información o instrucciones adecuadas o exactas.

7.3 El precio de los Productos:

excluye los importes correspondientes al impuesto sobre el valor añadido (IVA), que el Cliente deberá pagar adicionalmente al Vendedor al tipo vigente, previa recepción de una factura de IVA válida; y

excluye los costes y gastos de embalaje, seguro y transporte de los Productos (incluidos los derechos de aduana y otros impuestos aplicables), que se facturarán al Cliente.

7.4 El Vendedor podrá publicar precios de venta al público sugeridos o recomendados para los Productos. No obstante, el Cliente será totalmente libre de revenderlos al precio que considere apropiado.


8. Condiciones de pago

8.1 Salvo que el Vendedor exija al Cliente el pago pro forma (por adelantado), el Vendedor podrá facturar al Cliente los Productos en el momento de la finalización de la entrega o en cualquier momento posterior.

8.2 Sujeto a la cláusula 8.3, el Cliente pagará cada factura presentada por el Vendedor:

(a) de conformidad con las condiciones de crédito que el Vendedor haya confirmado por escrito al Cliente o, si no se confirman dichas condiciones de crédito, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la factura; y

(b) íntegramente y en fondos compensados en una cuenta bancaria designada por escrito por el Vendedor.

8.3 El Cliente proporcionará sin demora la información financiera, crediticia o comercial que el Vendedor pueda solicitar razonablemente periódicamente. Se reconoce y acuerda que el Vendedor podrá realizar periódicamente evaluaciones crediticias del Cliente y podrá, actuando a su exclusivo criterio y mediante notificación escrita al Cliente, modificar las condiciones de pago del Cliente (incluido el pago pro forma (por adelantado)) o exigir garantías o avales después de cada una de dichas evaluaciones crediticias.

8.4 El plazo de pago será esencial para el Contrato.

8.5 Si el Cliente no efectúa un pago adeudado al Vendedor en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento, entonces, sin limitar los demás derechos o recursos del Vendedor, el Cliente deberá pagar intereses sobre la suma vencida desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago de la suma vencida, ya sea antes o después de una sentencia. Los intereses conforme a esta cláusula 8.6 se devengarán diariamente al 8 % anual. Además, y sin perjuicio de sus demás derechos o recursos, el Vendedor tendrá derecho a suspender la cuenta del Cliente y cualquier Pedido que no haya sido entregado en el momento del impago.

8.6 Todos los importes adeudados en virtud del Contrato se pagarán íntegramente sin compensación, reconvención, deducción ni retención alguna (salvo cualquier deducción o retención fiscal exigida por la ley). El Vendedor podrá compensar cualquier importe que el Cliente o cualquier Empresa del Grupo le adeude con cualquier importe que el Vendedor o cualquier Empresa del Grupo adeude al Cliente.

8.7 Sin perjuicio de la cláusula 5.2, será responsabilidad del Cliente garantizar que todas las facturas recibidas en virtud del Contrato sean exactas, y el Cliente deberá notificar al Vendedor cualquier inexactitud en una factura dentro de los catorce (14) días siguientes a la fecha de dicha factura. Si el Cliente no notifica al Vendedor ninguna inexactitud dentro de dicho plazo, se considerará que la factura correspondiente es exacta y ha sido aceptada íntegramente por el Cliente, y el Cliente no tendrá posteriormente derecho a impugnar, cuestionar, retener el pago de dicha factura ni presentar ninguna reclamación al respecto.


9. Pedidos y cancelación

9.1 El Cliente acepta que el Vendedor tendrá derecho a aceptar solo una parte de cualquier Pedido que el Cliente le presente.

9.2 El Vendedor se reserva el derecho de imponer requisitos de pedido mínimo (incluidos, entre otros, por cantidad de unidades o por valor) o cantidades estándar por caja con respecto a los Productos, que comunicará al Cliente periódicamente. En el caso de Productos que el Vendedor haya especificado que están sujetos a un requisito de pedido mínimo o a una cantidad estándar por caja, el Vendedor se reserva el derecho a: (i) imponer al Cliente un recargo, que comunicará al Cliente periódicamente, por cualquier Pedido que sea inferior a dichos requisitos de pedido mínimo o que no cumpla las cantidades estándar por caja; y/o (ii) rechazar cualquier Pedido que sea inferior a dichos requisitos de pedido mínimo o que no cumpla las cantidades estándar por pedido.

9.3 Una vez que el Cliente haya realizado un Pedido y el Vendedor lo haya aceptado, el Cliente no podrá cancelarlo ni modificarlo sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor. El Vendedor podrá cancelar o modificar en cualquier momento cualquier Pedido aceptado mediante notificación por escrito al Cliente.


10. Servicios de manipulación especial y mantenimiento de Stock

10.1 Si el Cliente necesita servicios de manipulación especial para los Productos, deberá notificarlo de inmediato al Vendedor.

10.2 Si el Vendedor acepta (a su entera discreción) prestar un servicio de manipulación especial para los Productos, dicho servicio se prestará sujeto a términos y condiciones adicionales que el Vendedor emitirá al Cliente, y se cobrará al Cliente una tarifa determinada por el Vendedor en función de sus requisitos individuales. Dicha tarifa se añadirá al precio de los Productos una vez calculados los descuentos aplicables.

10.3 El Cliente podrá solicitar que determinados Productos se fabriquen y/o se mantengan en stock («Stock»), y el Vendedor podrá (a su entera discreción) aceptar o rechazar dicha solicitud.

10.4 Si el Vendedor acepta dicha solicitud, proporcionará al Cliente detalles de todo el Stock a intervalos regulares y, salvo que se acuerde lo contrario por escrito, elaborará informes sobre el «Stock de baja rotación» (Stock mantenido durante 2 meses o más) a intervalos razonablemente apropiados (normalmente, cada 6 meses). Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el Vendedor tendrá derecho (sin perjuicio de la cláusula 8.1) a facturar al Cliente todo el Stock de baja rotación mantenido en cualquier momento después de que hayan transcurrido 30 días desde la fecha en que se envió al Cliente el informe sobre el Stock de baja rotación, y la factura deberá pagarse de conformidad con la cláusula 8.

10.5 Antes, en el momento de emitir la factura o después de ello, el Vendedor ofrecerá al Cliente la posibilidad de que los productos de baja rotación pertinentes le sean entregados o sean eliminados en un plazo de 60 días (a cargo del Cliente). Si el Cliente no organiza o acepta la entrega dentro de dicho plazo, se considerará que ha elegido que se eliminen los Productos pertinentes y, en consecuencia, el Proveedor tendrá derecho a destruirlos o eliminarlos por cualquier otro medio, sin responsabilidad adicional frente al Cliente. El Cliente seguirá siendo responsable del pago de todos los Productos facturados y de cualesquiera costes razonables de eliminación.

10.6 No obstante lo dispuesto en la cláusula 8.1, el Cliente acepta que el Vendedor podrá, en cualquier momento antes de la entrega, emitir una factura por cualquier Producto cuya conservación en sus instalaciones solicite el Cliente (cuando dichos Productos deban ser retirados por el Cliente en una fecha posterior), y dicha factura deberá pagarse íntegramente de conformidad con la cláusula 8.


11. Obligaciones adicionales del Cliente

11.1 El Cliente acepta cumplir las directrices e instrucciones comerciales, de marca y en línea del Vendedor, según le sean notificadas periódicamente por el Vendedor.

11.2 Cuando el Cliente venda los Productos a través de establecimientos comerciales físicos, el Cliente se compromete en todo momento a:

(a) almacenar y exhibir los Productos en condiciones de limpieza y de manera atractiva, haciendo referencia a la categoría de estilo de vida deportivo o al «concepto» del Vendedor (según dicho concepto sea comunicado periódicamente), para permitir que los consumidores del Cliente comparen y contrasten los Productos con otros productos adecuados;

(b) aplicar descripciones claras de los Productos; y

(c) garantizar que la tienda o tiendas del Cliente que vendan los Productos estén abiertas durante el Horario Comercial habitual y cuenten en todo momento con un número razonable de empleados debidamente capacitados para poder informar a los consumidores sobre los Productos, sus características funcionales, ventajas y beneficios.

11.3 El Cliente acepta seguir las instrucciones del Vendedor con respecto a los Productos, incluyendo, entre otras, el cumplimiento de cualquier requisito o directriz de pedido anticipado emitido por el Vendedor, las fechas oficiales de lanzamiento comercial de dichos Productos, el uso de dichos Productos antes de su lanzamiento comercial, los requisitos de confidencialidad y cualquier otro término relacionado con el embargo. En caso de que el Cliente incumpla cualquiera de dichos términos relacionados con el embargo, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos de los que pueda disponer el Vendedor, el Vendedor se reserva el derecho de suspender o cancelar cualquier Pedido futuro realizado por el Cliente para cualquier Producto.

11.4 El Cliente no aplicará ningún logotipo ni ninguna otra marca de ningún tipo a los Productos sin la aprobación previa por escrito del Vendedor. En relación con la aplicación tradicional de nombres y numeración a Productos con licencia de clubes y federaciones deportivas, no será necesaria dicha aprobación.

11.5 El Cliente conservará todas las muestras de Productos que le proporcione el Vendedor.

11.6 Cuando el Vendedor proporcione Materiales de Marketing al Cliente, el Cliente:

(a) seguirá todas las instrucciones relativas a los Materiales de Marketing que le imparta el Vendedor;

(b) utilizará los Materiales de Marketing exclusivamente para mostrar los Productos; y

(c) no quitará, alterará ni cubrirá ninguna marca o logotipo del Vendedor, mostrará el logotipo de ningún tercero ni añadirá o quitará ninguna parte sustancial de los Materiales de Marketing.

11.7 Todos los Materiales de Marketing seguirán siendo en todo momento propiedad del Vendedor y, tras la terminación del Contrato (por cualquier causa), el Cliente, a discreción del Vendedor, destruirá los Materiales de Marketing o los devolverá al Vendedor por cuenta y cargo del Cliente.

11.8 Cuando el Cliente venda Productos mediante un catálogo, a través de un mercado en línea de terceros o en su propio sitio web, la cláusula 11.2 se aplicará como si se refiriera a la presentación y descripción de los Productos y otros productos en el catálogo del Cliente, a través de un mercado en línea de terceros o en su propio sitio web, y las referencias al personal debidamente capacitado se interpretarán como referencias al personal del centro de atención telefónica o equivalente.

11.9 El Cliente garantizará que, cuando tenga intención de revender los Productos, cualquier reenvasado o reetiquetado de los Productos:

(a) no afectarán al estado original de los Productos;

(b) indicarán claramente el nombre del Vendedor y quién reenvasó o reetiquetó los Productos; y

(c) no serán defectuosos ni de mala calidad,

y el Cliente notificará al Vendedor antes de poner a la venta los Productos reenvasados o reetiquetados y, previa solicitud, proporcionará al Vendedor una muestra de los Productos reenvasados o reetiquetados.

11.10 En todo momento durante la vigencia del Contrato, el Cliente no hará ni permitirá que se haga nada que: (a) desprestigie públicamente al Vendedor, lo exponga al desprecio, al escándalo o al ridículo; (b) ofenda a la opinión pública; (c) pueda perjudicar la venta de los Productos; o (d) afecte desfavorablemente a la reputación del Vendedor o de las marcas del Vendedor.

11.11 El Cliente no ridiculizará, criticará, atacará ni denigrará de ningún otro modo: (a) al Vendedor o a sus distribuidores o licenciatarios ni su solvencia financiera, profesionalidad o reputación; (b) los productos del Proveedor; ni (c) las marcas del Vendedor.

11.12 Los Clientes dentro del Territorio Europeo no venderán ningún Producto fuera del Territorio Europeo ni venderán ningún Producto dentro del Territorio Europeo cuando, según su conocimiento, dichos Productos estén destinados a la reventa o distribución fuera del Territorio Europeo.

11.13 Si un Cliente situado dentro del Territorio Europeo revende Productos a una cuenta mayorista o minorista, el Cliente incluirá en sus condiciones de venta una disposición que establezca que los Productos no podrán venderse fuera del Territorio Europeo y que los Productos no se venderán dentro del Territorio Europeo cuando estén destinados a la reventa o distribución fuera del Territorio Europeo.

11.14 Los Clientes situados fuera del Territorio Europeo no podrán:

(a) vender cualquier Producto fuera del territorio acordado entre el Vendedor y el Cliente en cada momento; y

(b) vender cualquier Producto dentro del territorio acordado entre el Vendedor y el Cliente en cada momento cuando dicho Producto esté destinado a la reventa o distribución fuera de dicho territorio.

11.15 Si el Cliente situado fuera del Territorio Europeo revende Productos a una cuenta mayorista o minorista fuera del Territorio Europeo, el Cliente situado fuera del Territorio Europeo incluirá en sus condiciones de venta una disposición que establezca que:

(a) dichos Productos no podrán venderse fuera del territorio acordado entre el Vendedor y el Cliente; y

dichos Productos no se venderán en el territorio del Cliente cuando estén destinados a la reventa o distribución fuera del territorio del Cliente.


12. Limitación de responsabilidad

12.1 Las limitaciones de responsabilidad de esta cláusula 12 se aplican a toda responsabilidad derivada del Contrato o relacionada con este, incluida la responsabilidad contractual, extracontractual (incluida la negligencia), por declaración falsa, restitución o de cualquier otra naturaleza.

12.2 Nada de lo dispuesto en el Contrato limita cualquier responsabilidad que legalmente no pueda limitarse, incluida la responsabilidad por:

(a) fallecimiento o lesiones personales causados por negligencia;

(b) fraude o declaración fraudulenta;

(c) incumplimiento de los términos implícitos en el artículo 12 de la Ley de Compraventa de Mercancías de 1979; o

(d) productos defectuosos conforme a la Ley de Protección del Consumidor de 1987.

12.3 Sujeto a la cláusula 12.2, la responsabilidad total del Vendedor frente al Cliente no excederá del precio de los Productos suministrados en virtud del Contrato.

12.4 Sujeto a la cláusula 12.2, quedan totalmente excluidos los siguientes tipos de pérdidas:

(a) pérdida de beneficios;

(b) pérdida de ventas o negocio;

(c) pérdida de acuerdos o contratos;

(d) pérdida de ahorros previstos;

(e) pérdida del uso o corrupción de software, datos o información;

(f) pérdida o daño al fondo de comercio; y

(g) pérdidas indirectas o consecuentes.

12.5 Esta cláusula 12 continuará vigente tras la resolución del Contrato.


13. Resolución

13.1 El Vendedor podrá resolver este Contrato en cualquier momento, total o parcialmente, con efecto inmediato mediante notificación escrita al Cliente.

13.2 Sin limitar sus demás derechos o recursos, el Vendedor podrá resolver este Contrato, total o parcialmente, con efecto inmediato mediante notificación escrita al Cliente si:

(a) el Cliente incumple sustancialmente cualquier término del Contrato y, si dicho incumplimiento puede subsanarse, no lo subsana en un plazo de catorce (14) días desde que dicha parte le notifique por escrito que debe hacerlo;

(b) el Cliente inicia cualquier trámite o adopta cualquier medida relacionada con su entrada en administración concursal, liquidación provisional o cualquier acuerdo o convenio con sus acreedores (salvo en relación con una reestructuración solvente), la obtención de una moratoria, su disolución (ya sea voluntaria o por orden judicial, salvo con el fin de llevar a cabo una reestructuración solvente), el nombramiento de un administrador judicial sobre cualquiera de sus activos o el cese de su actividad empresarial o, si el trámite o la medida se inicia o adopta en otra jurisdicción, en relación con cualquier procedimiento análogo en la jurisdicción correspondiente;

(c) el Cliente suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con cesar la totalidad o una parte sustancial de su actividad empresarial;

(d) la situación financiera del Cliente se deteriora hasta tal punto que justifica razonablemente considerar que su capacidad para cumplir los términos del Contrato está en peligro; o

(e) el Cliente incumple la cláusula 11.10, la cláusula 11.11 y/o las Normas de Cumplimiento.

13.3 Sin limitar sus demás derechos o recursos, el Vendedor podrá suspender el suministro de los Bienes en virtud del Contrato o de cualquier otro contrato entre el Cliente y el Vendedor si el Cliente queda sujeto a cualquiera de los acontecimientos enumerados en 13.2(b) a 13.2(d), o si el Vendedor considera razonablemente que el Cliente está a punto de quedar sujeto a cualquiera de ellos, o si el Cliente no paga cualquier importe adeudado en virtud de este Contrato en la fecha de vencimiento o antes.

13.4 Sin limitar sus demás derechos o recursos, el Vendedor podrá resolver el Contrato con efecto inmediato mediante notificación escrita al Cliente si el Cliente no paga cualquier importe adeudado en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento o antes.

13.5 En caso de terminación del Contrato por cualquier motivo, el Cliente pagará inmediatamente al Vendedor todas las facturas pendientes de pago del Vendedor y los intereses y, respecto de los Bienes suministrados para los que no se haya emitido ninguna factura, el Vendedor emitirá una factura, que el Cliente deberá pagar inmediatamente al recibirla.

13.6 La terminación o expiración del Contrato, cualquiera que sea su causa, no afectará a los derechos y recursos de ninguna de las partes que se hayan devengado en la fecha de terminación o expiración, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios respecto de cualquier incumplimiento del Contrato existente en la fecha de terminación o expiración o con anterioridad a ella.

13.7 Cualquier disposición del Contrato que, expresa o implícitamente, esté destinada a entrar en vigor o continuar vigente en la fecha de terminación o expiración del Contrato o con posterioridad a ella permanecerá plenamente vigente y surtirá plenos efectos.


14. Fuerza mayor

14.1 Ninguna de las partes incurrirá en incumplimiento del Contrato ni será responsable de otro modo por cualquier incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones (salvo cualquier obligación de efectuar un pago), en la medida en que dicho retraso o incumplimiento sea causado o contribuya a él un Evento de Fuerza Mayor, y en tales circunstancias el plazo para el cumplimiento de dichas obligaciones se prorrogará en consecuencia.

14.2 Si el período de retraso o incumplimiento continúa durante tres (3) meses, la parte no afectada por el Evento de Fuerza Mayor podrá resolver el Contrato mediante notificación escrita con treinta (30) días de antelación a la parte afectada.


15. Cumplimiento

15.1 El Cliente cumplirá (y garantizará que sus propietarios, directores, empleados y subcontratistas cumplan) todas las leyes y normativas aplicables relativas a:

(a) lucha contra el soborno y la corrupción, incluidas, entre otras, la Ley contra el Soborno de 2010 (BA 2010), y no participará en ninguna actividad, práctica o conducta fuera del Reino Unido que constituiría un delito conforme a las secciones 1, 2 o 6 de la BA 2010 si dicha actividad, práctica o conducta se hubiera llevado a cabo dentro del Reino Unido;

(b) lucha contra la esclavitud y la trata de personas (incluida la Ley de Esclavitud Moderna de 2015) y no participará en ninguna actividad, práctica o conducta que constituiría un delito conforme a las secciones 1, 2 o 4 de la Ley de Esclavitud Moderna de 2015 si dicha actividad, práctica o conducta se llevara a cabo en el Reino Unido;

(c) facilitación de la evasión fiscal (incluida la Ley de Finanzas Penales de 2017) y mantendrá vigentes durante toda la vigencia del presente Acuerdo las políticas y procedimientos que sean razonables para prevenir la facilitación de la evasión fiscal por otra persona (incluidos, entre otros, los empleados de la parte) y garantizar el cumplimiento de esta cláusula; y

(d) sanciones comerciales, leyes de control de exportaciones y normativas sobre partes restringidas, conjuntamente, las («Normas de Cumplimiento»).

15.2 El incumplimiento de esta cláusula 15 se considerará un incumplimiento material irremediable de este Contrato.


16. Generalidades

16.1 Cesión y otras disposiciones:

(a) El Vendedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar, delegar, constituir un fideicomiso sobre o disponer de cualquier otra manera de la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato.

(b) El Cliente no podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar, delegar, constituir un fideicomiso sobre ni disponer de ninguna otra manera de la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo y por escrito del Vendedor.

16.2 Confidencialidad:

(a) Cada parte se compromete a no revelar en ningún momento a ninguna persona información confidencial relativa al negocio, los activos, los asuntos, los clientes o los proveedores de la otra parte, salvo en los casos permitidos por la cláusula 16.2(b).

(b) Cada parte podrá revelar la información confidencial de la otra parte:

i) a sus empleados, directivos, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores que necesiten conocer dicha información para ejercer los derechos de la parte o cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato. Cada parte garantizará que sus empleados, directivos, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores a quienes revele información confidencial de la otra parte cumplan con esta cláusula 16.2; y

(ii) según lo exijan la ley, un tribunal competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.

(c) Ninguna de las partes utilizará la información confidencial de la otra parte para ningún fin distinto de ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato o en relación con este.

(d) El Cliente no realizará ni permitirá que ninguna persona realice ningún anuncio público sobre la existencia, el objeto o los términos del Contrato, ni sobre la relación entre las partes, sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor, salvo que lo exijan la ley, un tribunal competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.

16.3 Acuerdo íntegro:

(a) El Contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes.

(b) Cada parte reconoce que, al celebrar el Contrato, no se basa en ninguna declaración, manifestación, garantía o aseguramiento (ya se haya realizado de forma inocente o negligente) que no figure en el Contrato. Cada parte acepta que no tendrá ninguna reclamación por tergiversación inocente o negligente, ni por declaración negligente, basada en ninguna declaración contenida en el Contrato.

16.4 Modificación: Ninguna modificación de este Contrato será efectiva salvo que conste por escrito y esté firmada por los representantes autorizados de las partes.

16.5 Interpretación: Las referencias en estas Condiciones a la palabra «incluido» se interpretarán sin limitación. La referencia a una ley o disposición legal se entenderá hecha a dicha ley o disposición según sea modificada, ampliada o promulgada nuevamente periódicamente. Si estas Condiciones se firman además en cualquier idioma distinto del inglés o se traducen a dicho idioma, prevalecerá la versión en inglés.

16.6 Renuncia:

(a) La renuncia a cualquier derecho o recurso solo será efectiva si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a ningún derecho o recurso posterior.

(b) El retraso o la falta de ejercicio, o el ejercicio único o parcial, de cualquier derecho o recurso no supondrá la renuncia a ese ni a ningún otro derecho o recurso, ni impedirá ni restringirá el ejercicio posterior de ese ni de ningún otro derecho o recurso.

16.7 Divisibilidad:

(a) Si alguna disposición o parte de una disposición de este Contrato es o pasa a ser inválida, ilegal o inaplicable en cualquier jurisdicción, dicha disposición o parte de disposición se considerará modificada en la medida mínima necesaria para que sea válida, legal y aplicable. Si dicha modificación no fuera posible, la disposición o parte de disposición pertinente se considerará suprimida. Cualquier modificación o supresión de una disposición o parte de disposición conforme a esta cláusula no afectará a la validez ni a la aplicabilidad del resto de este Contrato, ni afectará a la validez ni a la aplicabilidad de dicha disposición en ninguna otra jurisdicción.

(b) Cuando una estipulación o parte de una estipulación sea o se vuelva ilegal, inválida o inaplicable debido a las leyes de la jurisdicción en la que el Cliente esté establecido o opere y, por ello, se considere eliminada o modificada en virtud de esta cláusula, las partes, a solicitud del Vendedor, negociarán de buena fe para acordar una estipulación sustitutiva que, en la mayor medida posible, logre el mismo efecto comercial, económico y de asignación de riesgos que la estipulación original, de conformidad con la legislación local aplicable.

(c) El Cliente acepta que el hecho de que una estipulación se considere inválida o inaplicable en la jurisdicción del Cliente no afectará, por sí solo, a la exigibilidad de dicha estipulación en ningún otro territorio ni a la exigibilidad del resto del presente Contrato.

16.8 Notificaciones:

(a) Cualquier notificación enviada a una parte en virtud del Contrato o en relación con él deberá constar por escrito y entregarse en mano o por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día hábil, en su domicilio social (si se trata de una sociedad) o en su establecimiento principal (en cualquier otro caso).

(b) Se considerará que cualquier notificación ha sido recibida:

(i) si se entrega en mano, en el momento en que la notificación se deje en la dirección correcta; o

(ii) si se envía por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día hábil, a las 9:00 h del segundo Día Hábil posterior al envío.

(c) Esta cláusula no se aplica a la notificación de procedimientos u otros documentos en ninguna acción judicial ni, cuando corresponda, en ningún arbitraje u otro método de resolución de controversias.

16.9 Comunicaciones electrónicas:

(a) El Cliente reconoce y acepta que los Pedidos, las confirmaciones de pedidos, las facturas, los estados de cuenta, las notificaciones y otras comunicaciones podrán emitirse o entregarse electrónicamente (incluidos el correo electrónico, la plataforma electrónica de pedidos o un hipervínculo) y tendrán el mismo efecto jurídico que si se proporcionaran en formato impreso.

16.10 Derechos de terceros:

(a) El Contrato no confiere ningún derecho (incluidos los previstos en la Contracts (Rights of Third Parties) Act 1999) a ningún tercero (que no sea parte del Contrato) para exigir el cumplimiento de ninguna estipulación del Contrato.

(b) Los derechos de las partes a resolver o modificar el Contrato no están sujetos al consentimiento de ninguna otra persona.

16.11 Ley aplicable y jurisdicción: El Contrato, así como cualquier controversia o reclamación (incluidas las controversias o reclamaciones extracontractuales) que surja de él o en relación con él, con su objeto o con su celebración, se regirá e interpretará de conformidad con la legislación de Inglaterra y Gales. Cada parte acepta irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra y Gales tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier controversia o reclamación (incluidas las controversias o reclamaciones extracontractuales) que surja del Contrato o en relación con él, con su objeto o con su celebración. Nada de lo dispuesto en esta cláusula limita el derecho del Vendedor a iniciar procedimientos contra el Cliente relacionados con el Contrato ante cualquier otro tribunal competente, ya sea de forma simultánea o no.